DISPOSITIVA
por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano JUAN CARLOS ZORRILLA VASQUEZ, venezolano, Natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, de 41 años de edad, nacido en fecha 23-09-1972, de estado civil Casado, titular de la cédula de identidad V- 11.966.137, de oficio Caletero, hijo de Ayeni Velásquez y Ricardo Zorrilla, residenciado Calle Monagas, Nº 48, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado el artículo 153 de l.....