Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 24 de Febrero de 2016, por el Tribunal Segundo de Juicio de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a KELVIN JOSE RUIZ ARCIA, Venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, 39 años de edad, nacido el 28-09-1976, soltero, oficio: pescador, titular de la cédula de identidad Nº 15.089.896, hijo de Cleto Ruiz y Elia Arcia, residenciado en el Barrio el Libertador, calle Bolívar, casa s/n, Frente a la Plaza, Guiria de la Costa del Municipio Valdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias, por estar incurso en la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el articulo 112, de La Ley para el Control.....