Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 29 de Febrero de 2016, por el Tribunal Primero de Juicio de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a EDGAR JESUS LATHULERIE VILLALBA, quien es venezolano, natural de Caracas, distrito capital, De estado civil Soltero, mayor de edad, de 28 años, titular de la Cédula de Identidad número V.- 18.098.885, de oficio obrero, nacido en fecha 17/09/1985, hijo de los ciudadanos José Lathulerie y Mérida Villalba, domiciliado en Guaramita, Calle Bolívar, Casa Nº 13, Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre; a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS, mas las accesorias, por estar incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE COMPLICIDAD NO NECESARIA, previsto y sanci.....