DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida los ciudadanos Juan Carlos Noriega, Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 42 años de edad, nacido en fecha: 27-06-1973, de estado civil casado, Titular de la Cédula de identidad Número V- 13.293.794, hijo de Lucila Noriega, de chofer y residenciado en: en los Arroyos, Vía Principal de Guiria, cerca de la cooperativa los pinos, Municipio Benítez, Estado Sucre, Herber Eliécer Guzmán Escolar, Venezolano, natural de Caracas, de 47 años de edad, nacido en fecha: 22-10-1966, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de identidad Número V- 12.685.591, hijo de José ángel Guzmán y Ninfaisabel Escolar y residenciado en: Tunapuy, Sector la Carretera, Casa S/N, cerca de la bomba, Estado Sucre, por el delito de RIÑA CON LESIONES RECIPROCAS previsto y sancionado en los artículos 425 en concordancia con el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio de ellas mismas, por cuanto de las actuaciones se evidencian que esta comprobado que e.....