En virtud de los fundamentos que anteceden, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CULPABLE a las adolescentes: Omissis, venezolana, natural de Carúpano, Estado Sucre, donde nació en fecha 09-01-1994, de 15 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 24.626.896, hija de Xiomary Martínez y Jaime Girolamo, domiciliada en la Primera Calle del Lirio, Casa S/N, Cerca de la Bodega y del Taller Chema, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y Omissis, venezolana, de 15 años de edad, natural de Carúpano, Estado Sucre, donde nació en fecha 15-06-1993, titular de la Cédula de Identidad N° 24.692.354, hija de Arelys José Guerra y Candido Miguel Echeverría, domiciliada en la Vereda N° 48, Sector Dos, Casa N° 6, Cerca de la Bodega de Marianelis Guayacán de las Flores, Parroquia Santa Catalina, Municip.....