En consideración a los argumentos de hecho y de derecho expuestos, y en función al interés superior de los adolescentes anteriormente identificados, es decisión del Juez de Juicio de este Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Régimen de Convivencia familiar, demandado por la ciudadana SOLYELINE PEREZ ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 12.639.214, domiciliada en la av. Universidad, residencias Malena, piso 3, apto 03, Cumana, Estado Sucre en contra del ciudadano EDGAR MANUEL VASQUEZ CASTAÑEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 13.051.881, domiciliado en la urb. Gran Mariscal de Ayacucho piso, 01, apartamento 03, Cumana, Estado Sucre considerando inherente al interés superior de los hijos Se omit.....