RESOLUCION DELTRIBUNAL
Este Tribunal Penal de primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO en el presente asunto seguido a los acusados CARLOS ALBERTO ACOSTA CEDEÑO, quien dijo ser venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de 36 años de edad, nacido en fecha: 19/09/1977 de estado civil soltero, de profesión u oficio: Auxiliar de almacén, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.105.399, hijo de Victor Acosta y Eleida Cedeño, y residenciado en: El hoyo, San José de Paria, Vía Guiria, casa sin número, cerca de la iglesia, Municipio Valdez, Estado Sucre, JUAN JOSE PRADA GUERRA quien dijo ser venezolano, natural de Campo Claro, Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, de 43 añ.....