Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la Ley, acuerda con fundamento a lo previsto en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, imponer MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, de las contenidas en el articulo 256 Ord. 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ANTONIO CARIACO GABINO, venezolano, de 32 años de edad, nacido el 19/02/1974, soltero, ci 13941512, ocupación obrero, hijo de luisa Cariaco y Cruz María Jiménez y domiciliado en Bebedero, calle 4, casa 06, cerca del Gimnasio José Cheo Duque, Cumaná Estado Sucre por la presunta comisión del delito de LESIONES, previsto y sancionado en el Capítulo Segundo del Código Penal, en perjuicio de la víctima MANUEL FELIPE MARÍN SILVA, consisten dichas medidas en presentación periódica cada 8 días, por un lapso de 3 meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este circuito Judicia.....