este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de Divorcio fundamentada en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil incoada por el ciudadano JEANCARLOS ASBEL RODRIGUEZ HERNANDEZ, portador de la cédula de identidad Nº V-15.576.344, representado judicialmente por la abogada en ejercicio CARMEN MAZA, inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el N° 40.423; contra la ciudadana FRANCISCA DEL VALLE SALAZAR RODRIGUEZ, portadora de la cédula de identidad N° V-19.237.007; y en consecuencia declara: DISUELTO el matrimonio contraído por ambas partes por ante el Prefecto de la Parroquia Ayacucho, Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha 20 de Octubre de 1.999, según acta N° 224.