Este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: oficiar a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná, Estado Sucre, sitio actual de reclusión del prenombrado penado, para que realice las diligencias conducentes ante el Ministerio del Interior y Justicia, para que sea trasladado hasta el Internado Judicial de Barcelona Estado Anzoátegui, al ciudadano penado JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ RIVERO, venezolano, de 41 años de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-10.462.513, soltero, de profesión u oficio cuidador de gallos, nacido en fecha 06-02-69, natural de Cumaná, hijo de Rumualdo Rodríguez y Amanda Rivero; residenciado en el Barrio La Ponderosa, Calle 6, casa Nº 46, Barcelona, Estado Anzoátegui; dicho traslado se realizara tomando las estrictas medidas de seguridad, una vez que conste en la causa el traslado solicitado, este tribunal pro.....