Este Tribunal impone a la sancionada XXXXXXXXXXXX, de la sanción que consiste en continuar con su actividad educativa o realizar cursos de su interés que coadyuven a adquirir alguna destreza a los fines de su superación personal. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la Adolescente de autos, previa imposición del precepto constitucional previsto en el artículo 49, ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y expone: "Entendí lo que me dice y estoy estudiando en el Liceo José Antonio Ramos Sucre." Es todo. Acto seguido, se le otorga el derecho de palabra a la Defensa y expone: " Consigno en este acto constancia de estudio que le fue expedida a la adolescente por la Coordinación de la Unidad educativa José Antonio ramos sucre, ubicada en esta ciudad de Cumana, a los fines d que se tome como fecha de cumplimiento de la sanción la fecha en la cual se expida la misma, es decir 04 de diciembre de 2008, solicito copia simple de la presente acta." Es .....