por lo que en razón de lo anteriormente explicado, este tribunal resuelve SIN LUGAR la solicitud de nulidad de la acusación fiscal y sobreseimiento a favor del imputado de autos, hecha por la defensa. Y así decide. Ahora bien, en cuanto a la acusación fiscal, observa este tribunal: Presentada como ha sido la Acusación Fiscal por parte de la Fiscal Décima del Ministerio Público, oído al Imputado, así como los alegatos de la Defensa, por encontrarse la acusación sustentada en fundamento serio que se deriva de los hechos de fecha 10/12/2007; así mismo evidencia este tribunal, que la presente acusación reúne todos y cada uno de los requisitos de forma exigidos en el artículo 326 del COPP y por tales razones se resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se Admite Totalmente la ACUSACIÓN FISCAL, presentada por la Fiscal Décima del Ministerio Público, en contra del Imputado IVÁN JOSÉ GARCÍA, Venezolano, nacido en fecha 14-12-1.973, de 35 años de edad, Cédula de Identidad N° V-13.360.513, de estado civil.....