Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del Imputado: JORMAN JOSE CEDEÑO BRITO, Venezolano, natural de Guiria Estado Sucre, de 34 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.893.554, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agricultor, nacido en fecha 04-09-1.978, hijo de Mery Brito y Tito Cedeño, y residenciado en: Sector la Frontera, Calle La Delicias, casa S/N, una casa de color verde con porcelana Marron, alli vivo con mi hermana Yusmary que le dicen la turca, Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de: RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; Consistente en presentaciones cada Treinta (30) días po.....