ACUERDA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al imputado JULIÁN ULISES MALAVE MÚJICA, Venezolano, Casado, de profesión u oficio Albañil, de 26 años de edad, natural de Carúpano Estado Sucre, el 28-04-80, titular de la cédula de identidad N° V-15.555.357, hijo de Juana Mújica y Pedro Malave González, residenciado en el Calle Nivaldo, Sector Cristo Rey, casa s/n, Rió Caribe Municipio Arismendi, Estado Sucre; de conformidad con el ordinal 3° del artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones de cada treinta (30) días, por ante la Comandancia de Policía de Río Caribe Municipio Arismendi, por el Lapso de seis meses, por encontrarlo presuntamente incurso en la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad. Así mismo, se califica la Aprehensión c.....