este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, impone al ciudadano JORGE EULISES HERNÁNDEZ ÁVILA, venezolano, de 22 años de edad, nacido en fecha 20/05/1985, titular de la Cédula de Identidad N° V.-16.486.162, residenciado en la avenida Carúpano, Sector Caigüire, al lado de la escuela Fe y alegría, Casa Nº 182 de esta ciudad, a quien se le iniciara causa por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO y LESIONES CULPOSAS, previstos y sancionados en los artículos 409 y 420 numeral 1 del Código Penal vigente, en perjuicio de los ciudadanos EMIL RAMOS (occiso), ANDREA RODRÍGUEZ Y ASDRÚBAL OSORIO, de la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, consistente en la imposición del deber que tiene de atender los llamados que le efectuare la representación fiscal, de conformidad con lo.....