Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Prestaciones sociales y demás conceptos laborales intentada por la ciudadana ciudadano ciudadana IBANIA SIMONA MANEIRO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. 14.125.041, en contra de CERAMICA CAPRICORNIO,C.A.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de CIENTO DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON TREINTA Y UN CENTIMOS (Bs. 118.426,31)
05/03/2008
22/04/2013
04 AÑOS ,09 MESES Y 17
DIAS ADIC
ANTIGÜEDAD 2009 29,3 45,00 1.318,50
2010 335,46 62,00 20.798,52
2011 43,97 64,00 2.814,08
2012 104,08 66,00 6.869,28
10 meses (3 trimestres ) 2013 104,08 53,.....