CONFIRMA las Medidas de Protección y Seguridad, impuestas por el órgano receptor en su debida oportunidad, contempladas en el artículo 87, numerales 1 y 6, en relación con lo establecido en el artículo 91, ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, dictadas al imputado JUAN JOSÉ VENALES GONZÁLEZ, Venezolano, de estado civil soltero, de 18 años de edad, de oficio técnico en reparación, nacido en fecha 18-11-89, titular de Cédula de Identidad Nº 19.455.316, hijo de Juan venales y Doris González, y domiciliado el valle, sector Pablo Ramos, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a quien se le atribuye la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Mairi Margarita Ramos López, siendo las medidas impuestas las siguientes: PRIMERO: Referir a las mujeres agredidas que así lo requieran, a los centros espe.....