este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 ejusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano: condenó a FRANCISCO ANTONIO UGAS MAZA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.885.309, de 36 años de edad, soltero, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en Bolivariano, vía Los Apures, Quinta Romana, Nº 114, Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena de: CUATRO (04) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRESIDIO más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL FRUSTRADO, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 80 del Código Penal en perjuicio de.....