DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA N° RP11-P-2006-000361, seguida a los ciudadanos PEDRO JOSÉ CEDEÑO, quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.257.443, nacido en fecha 29/06/76, soltero, agricultor, residenciado en Majagual de Río Caribe, casa N° 64, vía la cumbre, Municipio Arismendi del Estado Sucre y CRUZ MANUEL MALAVE FERRER, quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.174.779, nacido el 03-05-76, soltero, agricultor, residenciado en Majagual de Río Caribe, casa N° 63, Municipio Arismendi del Estado Sucre, a quienes se les siguió proceso penal por el delito de Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal; de conformidad con lo establecido en el ordinal 4to del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes.