Por las consideraciones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL ESTADAL Y MUNICIPAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, admitida como ha sido totalmente la acusación Fiscal en contra del ciudadano MIGUEL EDUARDO LÓPEZ VÁSQUEZ, Venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 25.249.749, Soltero, sin oficio definido, hijo de Arelis Vásquez y Germán López, fecha de nacimiento 18-04-95, natural de Esta Ciudad Estado Sucre; residenciado en el Sector Plaza Bolívar, del Barrio la Trinidad, Cumaná Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de: HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE previsto y sancionado en el Articulo 405 del Código Penal y LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el Articulo 415 ejusdem, con las agravantes establecidas en el .....