El Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando como Juzgado Unipersonal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por no haber quedado suficientemente demostrado con las pruebas recibidas en juicio la autoría del acusado de autos, declara NO CULPABLES a los acusados LEONARDO ENRIQUE RUIZ ALLEN, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.575.106, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 20-04-86, de 26 años de edad, soltero, hijo de Yaritza Allen y Leonardo Ruiz, de profesión u oficio ayudante de albañilería, residenciado en la Urbanización Las Palomas, sector Caicagüita, calle 93, casa N° 115, Cumaná, Estado Sucre; y RAÚL JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 16.818.882; natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 13-11-85, de 26 años de edad, soltero, hijo de Raúl González y Carmen González, de profesión u oficio albañil, residencia.....