ESTE TRIBUNAL CUARTO EN FUNCIONES DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD REALIZADA POR LA VINDICTA PÚBLICA E IMPONE MEDIDS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD de conformidad con lo previsto en los artículos 91 y 87 numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre los derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, contra el ciudadano DIOGENES GREGORIO FIGUEROA, venezolano, nacido en fecha 11/05/1970, de 42 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 11.383.858, de ocupación obrero (labora en la Bomba San Jose), hijo de los ciudadanos Carmen Figueroa y Diógenes Aguilera, domiciliado en la Urbanización Fe y alegría, Sector 04, Vereda 04, casa n° 15, Cumaná, Estado Sucre, Teléfono: 0426-7889277 (Elisbeth Rojas, su pareja).; en causa iniciada por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer.....