Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: El padre Ciudadano: LUIS ANGEL PADRON CEDEÑO, se compromete a suministrar como obligación de manutención a favor de su hija antes identificado, la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,oo) mensuales, divididos en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,00) quincenales, como cobertura de su obligación de manutención a favor de sus hijos antes identificados, divididos en DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,oo) quincenales. En el mes de Diciembre el padre dará un bono navideño por la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,oo), para la compra de ropa y calzado. Los gastos médicos, medicinas, útiles escolares y uniformes será cubierto en un 50% cada uno.