este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del ciudadano EWAR JOSÉ MARCANO CRESPO, venezolano, natural de Carúpano, de 47 años de edad, nacido en fecha 04-04-63, de estado civil soltero, obrero, titular de la cédula de identidad Nº 5.884.581, hijo de Josefa Maria Crespo y Raimundo José Marcano, residenciado en: Callejón San Rafael, Cerro San Rafael, entre Plaza la pepita y el cementerio, arriba en el cerro, cerca del kiosco de la señora Maribel, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, por la comisión de los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA PATRIMONIAL, previsto y sancionado en los artículos: 41 y 50, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana JOSEFA MARIA CRESPO, de conformidad con lo establecido en el artic.....