ESTE TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Con Lugar la solicitud fiscal y RATIFICA LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD IMPUESTAS POR EL ÓRGANO APREHENSOR, al ciudadano JOSE ANTONIO VELASQUEZ, 22 años, nacido en fecha 17-01-92, titular Cédula de Identidad Nº 24.402.507, estado civil soltero, Hijo de los ciudadanos María Velásquez y Arquímedes Cortés, profesión u oficio Comerciante Informal, residenciado en OCV Dios con Nosotros, Avenida Cancamure, casa s/n al lado de Residencias Los Chaguaramos, de esta Ciudad, Estado Sucre, teléfono 0416-4832107 (de su madre María Velásquez), por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana LISMAR JOSELIN VELÁSQUEZ, consisten.....