este Tribunal Segundo en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL y ratifica en contra del imputado RODOLFO MATA CEDEÑO, venezolano, de 32 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.455.733, de estado civil casado, natural de Cumaná, nacido en fecha 28-04-1967, de profesión u oficio obrero, y residenciado en Brasil Sur, Segunda etapa, terraza 24, casa Nº 04, Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Violencia Física y violencia psicológica, previstos y sancionado en el artículo 42 y 39 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia; en perjuicio de las ciudadanas xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxlas medidas de protección y seguridad interpuesta a favor de la víctima y en contra del imputado de autos, consistentes en prohibir o restringir al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida, a su lugar de trabajo, estudio o.....