este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los imputados: ROMAN JOSE AGUILERA GIL, venezolano, natural de Sipara, de 31 años de edad, nacido en fecha 09-08-1.979, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 16.842.267, de oficio Pescador, hijo de Carmen Gil de Aguilera y Ramón Aguilera y residenciado en: El Cerro el Toro, Sector Bella Vista, casa S/N, cerca de la cancha. Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre y DANIEL ANTONIO RIVAS PINO, venezolano, natural de Río Caribe, de 30 años de edad, nacido en fecha 06-10-1.98, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.02.149, de oficio Albañil, hijo de Nelson .....