DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado ROMER JOSE GONZALEZ BOADA, quien es venezolano, natural de Puerto. Viejo, Municipio Arismendi, Edo. Sucre, de estado civil: soltero, de 38 años de edad, nacido en fecha 10-08-73, titular de Cédula de Identidad N° 14.421.943, de profesión u oficio: taxista, hijo de Lidia Josefina González de Boada y Prospero Guillermo Boada, Tlf. 0294- 888-71-90 y domiciliado en: el Sector de la Salina, Casa S/N, al fondo de la casa queda una bodega del gordo (quien es compadre mío), el morro, del Municipio Arismendi, Estado Sucre; consistente en un régimen de presentaciones cada quince .....