Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Penal De Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 49 ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano EDGAR MERALDO PEÑA SALAZAR, venezolano, natural de Carúpano, casado, titular de la Cédula de Identidad N° 25.098.814, de profesión u oficio: obrero, nacido en fecha 12-07-90, de 22 años de edad, hijo de Edgar Peña y Rosa Salazar, y domiciliado en Sector Tacoa, calle principal, casa sin numero, al frente de la bode de Luís José, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICA, prev.....