este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL para los imputados MANUEL ANTONIO PEREZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, de 48 años de edad, titular de la cédula de Identidad N° 4.012.133. De oficio Productor Agrícola, residenciado en la calle Sucre, N° 20, Cumana Estado Sucre y en Rió Caribe, caserío Caratal y REINALDO JOSE VARGAS FUENMAYOR, venezolano, mayor de edad, de 42 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.931.370, de oficio Carpintero, residenciado en el Sector Bolivariano, calle Concordia, casa N° 62, Cumana, Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en él articulo 455 del Código Penal, en perjuicio de MARIN NUÑEZ FRANCISCO JOSE, de conformidad con el Ordinal 3° del artículo 300 y el ordinal 8º del artículo 48 del Cód.....