y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante éste Juzgado de los testigos ciudadanos: ISABEL SÁNCHEZ GIL Y NEOMAR RAFAEL FIGUEROA SUCRE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 2.665.107 y 13.295.225, ambos de éste domicilio, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA EXTINTA CLAUDINA GIL, a los ciudadanos ROSA ELENA GIL, MARITZA JOSEFINA ROJAS GIL, JESÚS RAMÓN GIL, FRANCISCO JOSÉ GIL, JULIO CESAR GIL, YADIRA DEL VALLE GIL, ZONIA JOSEFINA GIL, YELXFRIS ALEXIS RAMÍREZ GIL, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando.....