REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

ASUNTO : RL01-P-2001-000058


Visto el escrito de fecha: 13 de Septiembre del 2.006, presentado por el Centro de Tratamiento Comunitario “ Francisco de Miranda “ en donde le solicita a este tribunal La Revocatoria de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena al residente: GUSTAVO RAFAEL JIMENEZ en virtud de que el referido ciudadano sin ningún tipo de autorización sale del Centro de Tratamiento Comunitario desobedeciendo abiertamente una orden directa impartida por su delegado de prueba, situación esta que se encuentra tipificado en el reglamento interno de Centros de Tratamiento Comunitario, en sus artículos 34 numeral 7 “ Ausentarse del Centro de Tratamiento Comunitario sin previa autorización “; 36 numeral 5 “ Incumplimiento de las condiciones e indicaciones determinadas por el juez de ejecución y/o delegado de prueba “ como faltas muy graves y que según lo establecido en el artículo 42 del prenombrado reglamento, en concordancia con el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, es causal de Revocatoria de la Formula Alternativa de cumplimiento de pena de Régimen Abierto. Es por ello que este Tribunal Segundo de Ejecución, acuerda Librar Boleta de Captura, contra el penado: GUSTAVO RAFAEL JIMENEZ Venezolano, residenciado en la Avenida Principal La Llanada, cerca de Pollos La Estrella, Sector 1, casa No-29 de esta ciudad de Cumaná, Titular de la Cédula de Identidad N°-14.498.323 y remitirla al C.I.C.P..C de esta ciudad y Maturín, Estado Monagas, extensivo a nivel nacional, para que procedan a su CAPTURA, CON EL DEBIDO RESPETO A SUS DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES y posterior traslado al Internado Judicial de Cumaná, donde quedará recluido a la Orden de este Juzgado Segundo de Ejecución, quien resolverá sobre la revocatoria del beneficio.
Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 5, 10 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal.