DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de los Imputados: Dámaso Jesús Bogadi Arias, venezolano, natural Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.255.131, nacido en fecha 04-08-1982, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de Gilda Arias y Dámaso Bogadi, y residenciado en la Calle Principal de Valle Nuevo, Casa N° 104, San Martín, cerca del Mercal, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y Leandro Antonio Vicentpor la presunta comisión de los delitos de: Violencia Psicológica, Amenaza y Viol.....