DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del ciudadano YORVIS JOSE CEDEÑO ASTUDILLO, Venezolano, natural de Guiria Estado Sucre, titular de la Cedula de Identidad Número V-23.946.715, de 22 años de edad, nacido en fecha 30/05/1995, soltero, mecánico , hijo nelllys Astudillo y Pedro Cedeño , residenciado en urbanización el libertador , Calle jose felix Rivas , casa S/N, cerca de la plaza el libertador Municipio Valdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado 218 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por considerar que de las actuaciones no existen testigos presénciales del procedimiento, ni mucho menos emergen suficientes elementos de convicción procesal, que hagan autor o partícip.....