Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA solicitada por la adolescente, contra su padre ciudadano FRANKLIN VILLARROEL CARABALLO, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a su favor, así mismo se condena al demandado a suministrar la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000.oo) mensuales, DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (BS.200.000,oo) en el mes de Diciembre por concepto de AGUINALDO, para cubrir los gastos de ropas, calzados y DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (BS.200.000,oo) y en el mes de Agosto, para cubrir los gastos de uniformes y útiles escolares. Todo de conformidad con los artículos 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 365, 366,80, de la LOPNA.
Dada, firmada y sel.....