Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD BAJO FIANZA, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado ALEXIS RAMON DIAZ GONZALEZ, venezolano, de estado civil: soltero, natural de Carúpano, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.214.056, nacido en fecha 17-03-1983, hijo Juana González y Jesús González, de ocupación obrero y domiciliado en la calle 4, el Lirio, casa Nº 286, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA, previsto y sancionado en los artículos 42, 39, 41, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la.....