Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara NO CULPABLE: a los acusados: ELIS DEYANIRA ROSARIO INDRIAGO venezolana, natural Río Caribe, Municipio Arismendi, Estado Sucre, de 45 años de edad, nacido en fecha: 18/05/1968, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad Número V- 10.218.277, camarera, hija de Alejandrina de Rosario y Asunción Rosario, con domicilio en la calle 14 de febrero, casa Nº 43, cerca del Puente, Municipio Arismendi, del Estado Sucre, y PROSPERO RAMON ROSAS venezolano, natural del Morro de Puerto Santo, Municipio Arismendi, Estado Sucre, de 58 años de edad, nacido en fecha: 11/09/1956, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Número V- 5.859.849, mecánico, hijo de María Rosas y Benicio Pérez, con domicilio en la calle 14 de febrero, casa Nº 43, cerca del Puente, Municipio Arismendi, del Estado Sucre, Municipio Arismendi, del Estado Sucre; en relación al delito de: TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS .....