Por lo que, con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del imputado DANNY ANTONIO MARVAL GARCÍA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 14.285.160, natural de Araya, Estado sucre, de 35 años de edad, nacido en fecha 07-09-1979, de estado civil soltero, de profesión y oficio pescador, Residenciado en Punta Araya, sector el pueblo, calle las flores, casa S/N (frente a la Iglesia) Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILICÍTA DE SUSTANCIAS ESTUPEFASCIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153, de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de la COLECTIVIDAD; consistente en presentacione.....