DECLARA sin lugar la solicitud de decaimiento de la medida privativa de libertad incoada por la defensa, que pesa sobre el acusado Héctor Manuel Romero Rodríguez, venezolano, soltero, de 18 años de edad, de oficio indefinido, natural de Cumaná, nacido en fecha 30/04/1996, titular de la cédula de identidad N° 26108978, hijo de los ciudadanos Maiby Rodríguez y Héctor Romero, y residenciado en San Francisco, sector Cerro la Línea, cerca del Autolovado, Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas Ivonne Pacheco, Verónica González, Arlet Núñez, Katerine Evariste Alfonzo, Carmen Flores, Arelys Caraballo y Yoleida Fuentes; y Uso de Adolescente para Delinquir, previsto en el artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Nuño, Niña y Adolescente, y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perj.....