Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda con Lugar la solicitud Fiscal y en consecuencia, Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad, a los imputados ÁNGEL JOSÉ ACUÑA, venezolano, hijo de Rosaura Acuña, de titular de la cédula de identidad número V-22.570.257, de 26 años de edad, nacido en fecha 17-10-1984, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado Araya, Sector Guanta, calle las Flores, casa sin numero, frente al Bar Nuevo Amanecer, Municipio Cruz Salmeron Acosta, Estado Sucre y ÁNGEL FRANCISCO MARIN GONZÁLEZ, venezolano, hijo de Maria González y Ángel Marín, titular de la cédula de identidad número V-16.818.738, de 28 años de edad, nacido en fecha 08-07-1982, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en Araya, Sector San Pedro, calle Simón Rodríguez, casa sin numero, al.....