este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA y autoriza el Traslado del penado: LUIS ÁNGEL PALOMO SUÁREZ venezolano, de 21 años de edad, soltero, Titular de la Cédula de Identidad N° 20.346.476, fecha de nacimiento: 19/01/1991, sin oficio, hijo de Yuleidys Suárez y Julio Palomo, y domiciliado en la Urbanización Brasil, sector tres, casa S/N, Cumaná, Estado Sucre, condenado por la comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, en concordancia con el artículo 77, numerales 1, 11 y 12, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: IVÁN ALEJANDRO SILVA FIGUERAS (OCCISO), a cumplir la pena de: 10 AÑOS DE PRISIÓN mas las accesorias de ley, previstas en el artículo 16 del Código Penal. En ese sentido se ordena su .....