DISPOSITIVA
Por los Razonamientos antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Caución Económica, por la Caución Juratoria, el ciudadano MERVIN JOSE HERNANDEZ CEDEÑO, venezolano, natural de Carúpano estado Sucre, de 18 años de edad, nacido en fecha 19/02/2000, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 28.266.543, de profesión u oficio Obrero, hijo de Alexander Hernández y Ligia Cedeño y residenciado en: el sector 5 de julio, casa s/n, cerca del aeropuerto, Carúpano Municipio Bermúdez del estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 numerales 4 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de HECTOR MIGUEL BONILLO. Asimismo, se Acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad co.....