DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: CONDENA al ciudadano DELWIN ALEXANDER LAREZ ASTUDILLO, Venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez Estado Sucre, soltero, de 24 años de edad, de profesión u oficio agricultor, Titular de la Cedula de Identidad Número V- 24.716.998, nacido en fecha 02/10/1992, hijo de Alejandro Aular y Ingrid Astudillo y residenciado en Quebrada De Agua, Segunda Calle, Casa Sin Numero, Cerca Del Ambulatorio Y La Cancha De Esa localidad, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de COMPLICE NO NECESARIO EN EL DELITO ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5, 6 numeral 1 de la Ley d.....