este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 105 del Código Penal, RESUELVE: Se declara cumplida la pena y en consecuencia extinta la responsabilidad penal, al ciudadano ANDRÉS MANUEL PADRÓN CORONADO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.991.486, 21 años de edad, nacido el 31-01-1988, soltero, de ocupación obrero, hijo de Luisa Coronado y Gabriel Padrón, residenciado en el Sector Colinas de Guayacar, casa S/N, cerca del Parador Turístico Guaracayar de Mariguitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre, condenado por sentencia dictada en su contra por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, imponiéndosele una pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, mas las penas accesorias del artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y.....