este Tribunal Cuarto de Primera Instancia, Estadal y Municipal en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, habiendo admitido la acusación presentada en contra del ciudadano LUIS ANTONIO LÓPEZ MAZA, venezolano, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 27-07-1994, natural de Cumaná, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad N° V-24.690.313, soltero, de oficio Obrero, hijo de Bianca Rosa Maza y Luis González López, residenciado en la Urbanización Brasil, Calle 04, vereda 62, Casa N° 42, a una cuadra de la Policía, Cumaná, Estado Sucre, teléfono 0293-647.00.43; en virtud de haber solicitado el mismo la aplicación del procedimiento especial por admisión de hechos, de conformidad con lo previsto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a condenar al antes nombrado acusado; a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código.....