DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del Artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los imputados JERSON ELEAZAR RAMIREZ MONTILLA, Venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, de 21 años de edad, nacido en fecha: 23/01/1993, obrero, soltero, Titular de la Cédula de Identidad Número V-20.202.910, hijo de Mercedes Montilla y Eleazar Ramírez, residenciado en: El Barrio Las Malvinas, Calle 19 de Abril, casa Nº 22, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre y ELVIS JOSÉ RAMIREZ MONTILLA, Venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, de 22 años de edad, nacido en fecha: 10/10//1991, obrero, soltero, Titular de la Céd.....