Por las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 64 literal b, 66 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, otorgar la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena consistente en DESTACAMENTO DE TRABAJO, a LUIS CESAR LOPEZ LEMUS, venezolano, mayor de edad, soltero, nacido en fecha 10-12-92, Natural del Puerto Caballo, Municipio Arismendi, y titular de la Cédula de identidad Nº 23.550.753, de profesión u oficio: Pescador, hijo de Mercedes Lemus y Luís José López y residenciado en: Población Puerto Caballo, via Principal, Casa S/N, queda a tres casa cerca de la vía principal, Parroquia San Juan de las Galdonas, del Estado Sucre, quien se encuentra cumpliendo la pena de SEIS (06) AÑOS y U.....