este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se estima que lo procedente es acordar la solicitud fiscal de RATIFICAR MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD contenidas en el artículo 87 ordinales 5° y 6° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en contra del imputado JUAN JOSÉ SURGA GONZALEZO, quien dijo ser venezolano, de 27 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.886.545, de ocupación marino, soltero, nacido en fecha 31-12-1981, hijo de Sonia González y José Surga, domiciliado en la Urb. La Llanada, sector 04, casa No. 21, calle 07, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por estar el mismo incurso en la presunta comisión del delito de ACOSO Y HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana YUSMELIS DEL CARMEN VASQUEZ PATIÑO; consistente.....