Ordena Redistribuir la presente causa, al Tribunal Segundo de Juicio, quien continuará conociendo el presente asunto, seguido al acusado ANTONIO JOSE RUIZ SALGADO, venezolano, natural de Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, de 30 años de edad, nacido en fecha 19/04/1984, titular de la cedula de identidad nro V- 18.585.427, soltero, obrero, residenciado en la Calle Monagas, casa N° 48, sector Colombia, cerca de la capilla de la comunidad, Irapa Municipio Mariño, Estado Sucre por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA MODALIDAD DE PERPETRADOR, previsto y sancionado en el articulo 406, ordinal 1º del Código Penal, en perjuicio del occiso CRUZ YOEMAR MARTINEZ JIMENEZ, procedo a plantear MI INHIBICIÓN OBLIGATORIA, a los fines de evitar la paralización de la misma y que se traduzca en retraso perjudicial para el Acusados, tal y como lo establece el artículo 97 del Código Orgánico Procesal Penal, así como la remisión de la present.....