Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1, en concordancia con los artículos 480, 493 y 494, todos del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la Sentencia de fecha 15-07-2008, dictada por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, cursante a los folios del 121 al 123 de la segunda pieza de la presente causa, mediante la cual se CONDENÓ al ciudadano WILLIANS JOSÉ GUZMÁN, venezolano, de estado civil Soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 15.883.161, de profesión u oficio: Agricultor, hijo de Mónica Guzmán y Silverio Tenía, domiciliado en Tunapuy, en el cerro cerca de la Plaza Sucre, casa S/N, a cien (100) metros del río, Municipio Libertador del Estado Sucre; a cumplir la pena de DOS (0.....